Los sujetos obligados deberán publicar un listado con la normatividad que emplean para el ejercicio de sus funciones.
El sujeto obligado incluirá la estructura orgánica que da cuenta de la distribución y orden de las funciones para el cumplimiento de sus objetivos.
Los sujetos obligados publicarán las facultades respecto de cada una de las áreas previstas en el reglamento interior.