Los sujetos obligados deberán informar al Instituto de Transparencia del Estado de Baja California Sur, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet y Plataforma Nacional de Transparencia
Toda aquella información que considere debe ser difundida entre la ciudadanía, ya sea para dar a conocer resultados institucionales o proporcionar información relevante con el propósito de promover su reutilización.
Actas derivadas de las sesiones celebradas por los Consejos consultivos,en el ámbito de su competencia.
Información de donativos a instituciones no lucrativas, en términos de las disposiciones aplicables,
Publicar información sobre los recursos recibidos señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos e indicando su destino.
Los sujetos obligados deberán vincular a los sistemas de ahorro para el retiro, donde se publican los listados de jubilados(as) y pensionados(as) y monto que reciben.
Se deberá publicar un catálogo con todos los estudios, investigaciones o análisis, que estén financiados, total o parcialmente, con recursos públicos.
Los sujetos obligados deberán publicar cualquier tipo de evaluación y/o encuesta que se realice y se refiera a programas financiados con recursos públicos.
Los sujetos obligados incluirán la información correspondiente a cada sesión, así como las actas y resoluciones que de ellas deriven.