Los sujetos obligados publicarán información relativa a cualquier tipo de concesión, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados.
Los sujetos obligados deberán publicar la información sobre los recursos públicos que han asignado o permitido su uso a personas físicas o morales.
Los sujetos obligados publicarán el informe de resultados de los dictámenes realizados a sus estados financieros por las empresas auditoras contratadas.
Los sujetos obligados publicarán la información correspondiente a los resultados de las auditorias internas y externas realizadas a su ejercicio presupuestal.
Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña.
Los sujetos obligados publicarán y actualizarán la información relativa a las obligaciones o empréstitos que se constituyan en deuda pública y deuda externa, las cuales se hayan contraído.
Información sobre el presupuesto asignado y los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.
Se publicará información relacionada con las tareas administrativas que realizan los sujetos obligados en sus diferentes ámbitos con el objeto de atender las peticiones que realicen los particulares.
Los sujetos obligados deberán publicar la información necesaria para que los particulares conozcan y gocen de los servicios públicos que prestan, señalando los requisitos para acceder a ellos.
La información relativa a los datos de los(as) servidores(as) públicos(as) con sanciones administrativas definitivas que han sido emitidas por los órganos de control correspondientes.